En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó el modelo único de estatutos que deberá seguir la ciudadanía que pretenda postular candidaturas independientes a un cargo de elección popular en el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027.
El artículo 297 párrafo cuarto de la ley electoral local establece que con la manifestación de intención, quien aspira a la candidatura independiente deberá presentar la documentación que acredite la creación de la persona moral constituida en asociación civil, cuyo objeto social será realizar los actos necesarios para obtener el registro y la participación político electoral en el proceso constitucional determinado, así como cumplir las obligaciones inherentes establecidas en las leyes, tanto en materia de candidaturas independientes como en cuanto a la administración, fiscalización y transparencia de los recursos públicos y privados, atendiendo que la asociación civil deberá tener el mismo tratamiento que un partido político en el régimen fiscal.
Aunado al anterior, de conformidad con el artículo en mención, el IEEG debe publicar a más tardar el 5 de agosto de 2026, el modelo único de estatutos que deberá seguir la ciudadanía que pretenda postular candidaturas independientes a un cargo de elección popular en el proceso electoral local ordinario 2026-2027, al crear la persona moral constituida en asociación civil a la que se ha hecho referencia.
Por lo anterior se aprobó el modelo en el cual se establecen derechos y obligaciones que corresponderán a las personas asociadas, así como a los órganos sociales y los relativos a su funcionamiento y atribuciones.







